SERVICIOS PARA INDIVIDUOS
Defendemos los intereses de los Beneficiarios
Defendemos los intereses de los Beneficiarios
Gestión Previsional por medio de la cual logramos el reconocimiento de todos los años de servicios prestados a distintas empresas del medio, aunque alguna de ellas ya no exista. Sugerimos iniciar ésta gestión dentro de los últimos 5 años anteriores a cumplir la edad jubilatoria.
VER MAS +Es la gestión previsional por excelencia en la cual es preciso trabajar el expte de manera pormenorizada, con la documentación laboral que avale todos los años de servicios prestados y analizando el tipo de tareas realizadas; si se trata de Régimen común, diferencial o ambos.
VER MAS +>Unidad de Pago de Deuda Previsional para mujeres de 60 años y hombres de 65 años.
>Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales: para mujeres de 50 a 59 años y Hombre de 55 a 64 años.
VER MAS +Es una prestación para mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación ni pensión.
VER MAS +Si Ud. desempeña o desempeñó tareas consideraras dentro de los Regímenes Especiales, entonces podrá acceder al Beneficio previsional de Jubilación antes de cumplir los 60 o 65 años que exige la Ley de Jubilaciones y Pensiones para Mujeres y Varones, respectivamente.
VER MAS +Es el Beneficio Previsional al cual acceden aquellas personas que tienen una incapacidad laborativa que les impide continuar en actividad, sean trabajadores dependientes, autónomos o monotributistas. A su vez es preciso contar con el requisito de la condición de aportante.
VER MAS +En caso fallecimiento de un trabajador ya sea que haya estado en relación de dependencia con un empleador, o haya estado activo como autonomo, su esposa o esposo, su conviviente, sus hijos menores de 18 años, o mayores de edad sin limite de edad que adolezcan de una enfermedad que los incapacite.
VER MAS +Ocurrido el fallecimiento de una persona, ponemos a disposición de los Cónyuges, Convivientes, Hijos sanos menores de 18 años e Hijos discapacitados sin límite de edad (Beneficiarios con derecho a pensión), nuestro servicio de gestoría previsional a fin de contener al grupo familiar.
VER MAS +Si la resolución de su Beneficio Previsional contuviera errores ya sea en el Haber previsional, en los años reconocidos, en la fecha inicial de pago, etc.. nos ocupamos de efectuar los planteos administrativos en el Organismo Previsional, conforme a los Recursos previstos legalmente.
VER MAS +Nuestra Constitución Nacional, en su artículo 14 bis, prevé que las jubilaciones y las pensiones son móviles y en su Art 16 establece la garantía de la igualdad ante la Ley. Nuestra Ley de Jubilaciones y Pensiones que rige desde el año 1994, carecía de las disposiciones relativas a la movilidad previsional.
VER MAS +Entre nuestras Socias contamos con dos Productoras Asesoras de Seguros, a través de quienes brindamos Asesoramientos y planes de protección familiar y de Retiro. Nuestra política previsional, consiste en darle a la Previsión Social una mirada Integral.
VER MAS +En Tucumán GROUP SRL tenemos convenio con la Empresa de Servicios de Sepelios más importante de la provincia, por lo cual estamos en condiciones de asesorar a nuestros Clientes que quieran contratar los mismos para ellos y sus respectivos grupos familiares.
VER MAS +En Tucumán GROUP SRL estamos convencidos que la especialización en el Derecho Previsional es lo que nos permite trabajar contemplando los Beneficios para el titular del Beneficio Previsional. Delegar las gestiones en manos de profesionales le dará la tranquilidad.
VER MAS +Ante la pérdida de su esposo o esposa, padre o madre los bienes a nombre de los fallecidos deben ser transmitidos a los herederos, de no hacerlo no podrán disponer de los mismos ya que seguirán a nombre de los fallecidos.
VER MAS +Es un reconocimiento legal a los efectos del guardador pueda percibir AAFF del menor y poder brindarle cobertura de obra social.
VER MAS +Realizamos diferentes tramites frente al AFIP o la DGR en representacion de nuestros clientes.
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